Editorial

En salud, una situación anómala

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Esta semana, el Ministerio de Salud ingresó al Congreso Nacional un proyecto de ley que buscar dar cumplimiento al fallo de la Corte Suprema, mandatando a las aseguradoras a aplicar la nueva tabla de factores a todos los afiliados y a restituir los cobros en exceso.

Esta situación es anómala desde varios puntos de vista. En principio, los tribunales de justicia no pueden dictar sentencias con efectos generales ni, menos, tutelar al legislador para que falle conforme a sus criterios. Sin embargo, esto es exactamente lo que ha hecho la Corte Suprema.

Nada asegura que los beneficiarios de Isapre tendrán continuidad en sus coberturas y condiciones con la ley corta presentada.

Más aún, la semana pasada la ministra Ángela Vivanco, vocera de la Corte Suprema, señaló que las Cortes de Apelaciones determinarán si la ley presentada por el Ejecutivo y, eventualmente, aprobada por el Congreso, da o no cumplimiento al fallo de la Corte Suprema.

Es una declaración preocupante, porque supedita el cumplimiento de la ley a su conformidad con el fallo de la Corte Suprema, en circunstancias de que son las decisiones de los jueces, en general, y de la Corte Suprema, en particular, las que deben someterse a la voluntad democrática manifestada en la ley.

Con todo, es posible que los tribunales de justicia deban arbitrar una situación distinta a la que imaginaron. En efecto, en vez de dar sostenibilidad y certidumbre al sistema privado de salud, el proyecto busca preparar a la salud pública para la quiebra de las isapres, no sólo dotando a la Superintendencia de facultades para implementar fallo, sino adecuando normas del sistema privado de salud para hacerse cargo de la posible insolvencia de una o más Isapres, y fortaleciendo Fonasa para preparar la llegada de personas que suelen atenderse en el sector privado con mejores coberturas que las que hoy ofrece la Modalidad Libre Elección.

Nada de lo anterior asegura que los beneficiarios de Isapre tendrán continuidad en sus coberturas y condiciones con la ley corta presentada, particularmente aquellos afiliados que están con tratamientos vigentes o quienes tienen preexistencias. En consecuencia, los tribunales de justicia deberán enfrentarse a un escenario generalizado de vulneración de los derechos de las personas, al que, lamentablemente, la Corte Suprema ha contribuido a provocar.

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